CLASE N°22

Temática Principios

El Preámbulo de la Constitución salvadoreña contiene los valores y principios básicos de la dignidad de la persona humana y de la democracia, elementos de la convivencia social y política en los términos siguientes: puesta nuestra confianza en Dios, nuestra voluntad en los altos destinos de la Patria y en ejercicio de la potestad soberana que el pueblo de El Salvador nos ha conferido, animados del ferviente deseo de establecer los fundamentos de la convivencia nacional con base en el respeto de la dignidad de la persona humana, en la construcción de una sociedad más justa, esencia de la democracia y al espíritu de libertad y justicia, valores de nuestra herencia.

LOS DERECHOS CONSTITUCIONALES QUE ACTUAN COMO GARANTIAS NORMATIVAS DE LOS DERECHOS

FUNDAMENTALES SON LOS SIGUIENTES:

El principio de sujeción de todos los poderes del Estado y de los ciudadanos a la Constitución y al resto del ordenamiento jurídico. El principio de legalidad, que aparece consagrado, por vez primera, en los artículos 4, 5 y 6 de la Declaración de Derechos del Hombre y del Ciudadano de 1789 En virtud de este principio se  pretende que toda actuación de los tres poderes del Estado ejecutivo, legislativo y Judicial se someta necesariamente a lo presente por la ley.

EL PRINCIPIO DE LA RIGIDEZ.

Constitucional que significa que la Constitución entendida como norma superior en la jerarquía normativa. No puede ser modificada con vía legislativa ordinaria El principio del control jurisdiccional de los actos legislativos. Lo cual supone el control de la legalidad de los reglamentos (Jurisdicción Contencioso-Administrativa).

EL PRINCIPIO DE CONTROL JURISDICCIONAL DE LOS ACTOS ADMINISTRATIVOS.

Este principio significa Que los Tribunales controlan la legalidad de a actuaron los órganos administrativos. Que los Tribunales controlan que la actuación de los órganos de la Administración sea conforme a los fines justificadores de la misma. Que los particulares puedan reclamar ante los Tribunales ante una actuación legal de la Administración que suponga lesión de sus derechos. Este principio supone et derecho a ser indemnizada coma resultado de cualquier acción de la administración que suponga una lesión de derechos.

Leave a Reply

Design a site like this with WordPress.com
Get started